CONTACTO ¿Cómo acceder al beneficio ?

1º) Los interesados deben completar un Formulario de Presentación que contiene las pautas básicas del plan e información identificatoria del predio y del solicitante. El mismo puede ser retirado y entregarse una vez cumplimentado en la Dirección General Regional de la Subsecretaría de Desarrollo Económico correspondiente a su zona.
Las Direcciones son:

  • Dirección General Regional Norte: Calle Lamadrid Nº 150 (8353) | Chos Malal | TE 02948 421243/422192.
    Correo: electrónico: norte_adm@neuquen.gov.ar
  • Dirección General Regional Centro: Elena de Vega 472 1º Piso (8340) | Zapala | TE 02942 430030. Correo electrónico: forestalcentro@neuquen.gov.ar
  • Dirección General Regional Sur: Calle Padre Milanesio Nº 570 1º Piso (8371) | Junín de los Andes | TE 02972 491635.
    Correo electrónico direccionregionalsur@fronteradigital.net.ar
  • Dirección General Regional Sur: Agencia San Martín de los Andes. Calle Mariano Moreno Nº 145 (8370) | San Martín de los Andes | TE 02972 427091.
    Correo electrónico: bosques@smandes.com.ar
  • Dirección General Regional Confluencia: Ruta Nacional Nº 22 Km 1235 | Plottier (8300) | TE 0299 493-2065.
    Correo electrónico: regionlimay@gmail.com
  • Dirección General de Coordinación- Dirección de Promoción Forestal: Calle Santiago del Estero 426 TE 0299 449-5995.
    Correo electrónico: luispozo@neuquen.gov.ar

2º) Los planes de plantación mayores de 10 hectáreas y los de poda y raleo mayores de 50 hectáreas., deberán estar avalados por un profesional de la actividad privada.

3º) Las solicitudes presentadas son evaluadas técnica y legalmente para su aprobación.

4º) Por norma legal de la Subsecretaría de Desarrollo Económico se aprueba la solicitud.

5º) Para acceder al cobro del beneficio, que es liquidado a través del IADEP, el titular de cada emprendimiento debe acreditar la ejecución de las tareas mediante certificado de obra correspondiente.

6 º) Las personas jurídicas deberán encontrarse inscriptas en el Registro de Productores Forestales para Personas Jurídicas establecido por Disposición Nº 223/08.

7 º) Este régimen es compatible con los beneficios otorgados por la Ley Nacional Nº 25.080.

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